DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
A
la entrada en vigor de la presente Ley Orgánica,
quedan derogadas, en su totalidad, las Leyes de 15 de Marzo
de 1940; de 23 de Noviembre de 1940; de 2 de Septiembre
de 1941; 24/1970, de 2 de Diciembre, y 55/1978, de 4 de
Diciembre.
Quedan,
asimismo, derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior
rango, se opongan a lo preceptuado en la presente Ley.
Por
tanto, mando a todos los españoles, particulares
y autoridades que guarden y hagan guardar este Ley Orgánica:
-
Juan Carlos R. -
El
Presidente del Gobierno,
Felipe González Márquez