. "COMENTARIOS MODIFICACION ORDEN GENERAL DE PERMISOS ".
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ORDEN GENERAL PERMISOS Leer mas
Como consecuencia de la reforma parcial de la Orden General de Permisos, hemos considerado desde AUGC-Murcia adjuntaros la citada reforma y realizar diversos comentarios a la misma que esperamos sirvan de aclaración para posibles dudas.
- En primer lugar comentar que se trata de una reforma insuficiente para AUGC por lo que la misma ha sido impugnada en vía judicial, sin embargo en el preámbulo primero se manifiesta que dicha regulación esta pendiente de desarrollo y que la Orden General 10 que nos ocupa es transitoria en el tiempo hasta que exista una normativa definitiva.
- Entrando directamente en el contenido de la Orden lo primero que hay que tener en cuenta es que con esta reforma tienen derecho a vacaciones simultáneamente un guardia por cada cuatro o fracción. De esta manera un puesto de 12 guardias tendrían derecho de vacaciones 3 guardias y en uno de 13 guardias tendrían derecho 4 guardias.
- Sin embargo la expresión "en condiciones de prestar servicio" es ambigua y permitirá la aplicación incorrecta por parte de algunos mandos . Para AUGC-Murcia todos los guardias civiles destinados en la misma Unidad están en condiciones de prestar servicio, salvo vacantes. En el caso hipotético de bajas de largas duración no consideramos que se tengan que tener en cuenta, por cuanto son personal destinado y en situación de activo. Si esto no fuera así cualquier componente de baja medica podría darse de alta en junio y disfrutar en julio o agosto de un turno que previamente se nos habría denegado al resto de componentes destinados.
- Los cabos y comandantes de puesto siguen como lo hacían anteriormente, turnándose entre ellos.
- Los turnos de verano se establecerán todos los años en enero por la DGGC y cada guardia podrá disfrutar de un periodo como mínimo de cuatro semanas . De esta manera si existen mas turnos libres sin peticionarios se pueden solicitar más de las cuatro semanas estipuladas.
- Las peticiones de vacaciones de verano se realizaran durante el mes de abril para que el 10 de mayo estén concedidos y sean de conocimiento de los interesados. Aunque no se han dado normas al respecto supongo que habrá que realizar las peticiones con la pauta del mes de abril.
De esta manera podéis comprobar que los turnos de vacaciones de verano han de pedirse a principios de abril con arreglo a lo estipulado en la Orden General 10 de 19 de diciembre de 2005. En el caso de que tengáis algún problema en la petición y/o concesión de los turnos de vacaciones debéis poneros en contacto con nosotros lo antes posible para que os facilitemos las instancias o quejas necesarias y que ello se pueda realizar antes de los periodos vacacionales.
Como os podéis imaginar cualquier reforma por pequeña que sea hay que exigirla. Exigir vuestros derechos y los de vuestras familias, si tenéis algún problema no permanezcáis callados, solicitar asesoramiento y luchar por lo que es vuestro.
AUGC-MURCIA
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